EIR 2015: Documentación necesaria y calendario de pruebas selectivas.

Hoy, 16 de Septiembre se ha publicado la información sobre la convocatoria EIR en la página web del Ministerio de Sanidad.

Ya conocíamos hace unos días el calendario de pruebas selectivas, aunque lo retiraron de la web. Sigue siendo el que os puse en Twitter la semana pasada:


Esto significa que debemos inscribirnos en las pruebas a partir del 24 de Septiembre hasta el 3 de Octubre incluidos. Hasta el día 24 no está disponible el formulario de inscripción, así que hasta ese día lo único que podemos ir adelantando es la preparación de la documentación que os explicaré más detalladamente en esta entrada del blog.

Otra fecha importante es la del examen, que también la conocíamos por la nota de prensa que os indiqué hace unas semanas: el 31 de Enero de 2015.

Respecto a la elección de plazas, tened en cuenta que siempre se pone "A partir de" y hay que esperar a un calendario posterior para saber exactamente el día que habría que elegir la plaza de residente.

Las fechas que ya sí podéis marcar en el calendario como objetivo y fuente de motivación son el 20 y 21 de Mayo: esos días son los que de verdad vuestro sueño se cumple, al incorporaros a la plaza.

Este año es una convocatoria única para todas las titulaciones. A efectos prácticos, eso significa que se va a publicar la convocatoria junto al resto de especialidades sanitarias en el mismo artículo del BOE (junto con el MIR, PIR, BIR, FIR, QIR, RFIR) y que todas las titulaciones tienen que pagar la misma tasa: 29,59€ (unos 8€ más que el año pasado) o en el caso de tener reducción el importe será de 14,80€.

Otras novedades importantes para Enfermería son el incremento en el número de preguntas: 200 + 10 de reserva, y del tiempo de examen que pasa a ser 4 horas y media. Además, no habrá una "segunda fecha de elección de plazas en resultas". Este dato ya lo he comentado en entradas anteriores: significa que si una vez elegidas las plazas alguien no se incorpora a la misma, esas plazas ya no se van a volver a sacar para ser adjudicadas más tarde y de este modo no quedar desiertas. 

Respecto a la documentación a presentar, os resumo lo más importante, pero en cualquier caso, especialmente si vuestra situación es especial, consultad la web del Ministerio y preguntar vuestras dudas allí. Esta entrada es orientativa y no trato de sustituir ninguna información oficial. Intentaré ayudar con las consultas que tengáis y agradezco la participación de los que leéis este blog para responder entre todos y aportar la información importante que vayamos conociendo. Pero os pido que leáis los comentarios anteriores antes de escribir el vuestro, pues muchas veces las dudas son las mismas para todos. La participación de todos hace que este blog funcione y sea práctico a la hora de encontrar la información importante para esta convocatoria. Gracias!!!

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA PRESENTARSE AL EIR 2015: 

¿Es la primera vez que te presentas?


Entonces tienes que aportar toda la documentación que solicitan:



1. Modelo 790.

  • Este modelo se podrá descargar de la web del Ministerio a partir del día 24 de Septiembre. El enlace para este documento solamente está disponible durante el plazo de inscripción en la pagina web del Ministerio. Por Twitter y Facebook os informaré del enlace para que os resulte más fácil. 
  • Es básicamente la solicitud, en la que hay que escribir vuestros datos, donde queréis examinaros, a qué categoría optáis (libre o discapacitados). 
  • Consta de 3 copias. Se rellenan directamente en el ordenador, se imprimen y se llevan al banco para pagar las tasas de examen, que son 29,59€. Desde España no hace falta poner ningún número de cuenta porque en el banco ya lo saben. Podéis entregarlo en prácticamente cualquier entidad bancaria sin problema.

    • Si estáis desempleados inscritos en el INEM desde hace más de un mes, optáis por el turno de discapacitados o sois familia numerosa de Categoría Especial estáis exentos de pagar las tasas. En caso de familia numerosa de Categoría General hay que pagar 14,80€.
    • En caso de estar exentos de las tasas, no tenéis que llevar este documento al banco, pero debéis aportar los documentos que justifiquen vuestra exención del pago.
    • POR FAVOR, CONSULTAR EL BOE PARA MÁS INFORMACIÓN: esta información es orientativa según lo que pone en el BOE y no conozco en detalle las situaciones particulares que puedan afectar a cada uno de vosotros. En ese caso, dirigiros a los Organismos Oficiales para hacer vuestras consultas.
    • Si vais a pagar desde el extranjero, la cuenta que nos dan es esta: 
        • SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 000008222
    • No se pueden hacer fotocopias para los amigos, ya que al imprimirlos sale un código de barras identificando vuestra solicitud y es único para cada documento. Cada aspirante tiene que descargarse su propio modelo 790. Y que no se os olvide FIRMAR. 
    • En el modelo 790 hay una casilla que hay que marcar con una X, dando el consentimiento expreso para verificar nuestra identidad. De este modo, ya no es necesario aportar el DNI. Ellos se encargarán de comprobarlo directamente. Si no ponéis la X, entonces hay que aportar documento identificativo.
    2. Documentos de identidad 
    • Fotocopia compulsada del DNI en caso de ser español y no autorizar a que comprueben ellos tu identidad marcando la X en el modelo 790, tal y como he explicado en el párrafo anterior. Si has puesto la X, ya no tienes que aportar el DNI. Todos los documentos os los compulsan allí al entregarlos. Tenéis que llevar original y copia.
    3. Titulación de Enfermería.
    • Fotocopia compulsada del título de Diplomado o Graduado en Enfermería. Si has acabado hace poco y aún no lo tienes, es suficiente con aportar copia del abono de las tasas (el justificante de haber pagado para que os emitan el título). 
    4. Certificación Académica.
    • Es decir, las notas de la carrera. Si no las aportáis os las van a baremar con 1 punto, así que buscad este documento, que es importante, ya que el expediente académico es valorado con un 10% del resultado total en el EIR, que se suma al 90% que cuenta lo que saquéis en el examen.
    • Si tenéis el título de Doctor en Enfermería, ¡¡¡enhorabuena!!! Os puntúa más. Tenéis que aportar también la acreditación. 
    • LOS QUE TENÉIS DIPLOMATURA Y GRADO: he preguntado directamente al Ministerio por teléfono y su respuesta ha sido que podéis aportar solamente las de la diplomatura o aportar las dos, eligiendo vosotros lo que más os puntúe. Eso sí, no se podrá cambiar después para posteriores convocatorias. En el BOE tenéis la forma de puntuar así que podéis calcular lo que más os interese a cada uno. SI TENÉIS LAS DOS Y QUEREIS QUE OS PUNTÚE EL TOTAL TENÉIS QUE ENTREGAR LAS DOS CERTIFICACIONES.

    • TODA LA DOCUMENTACIÓN OS LA COMPULSARÁN EN LOS REGISTROS OFICIALES AL HACER LA SOLICITUD. LLEVAD COPIA Y ORIGINAL. TAMBIÉN SE PUEDEN LLEVAR DIRECTAMENTE COMPULSADOS.


    ¿Te presentaste en las convocatoria 2011/2012 y obtuviste número de orden? ¿O te presentaste en 2012/2013 o en 2013/2014, aunque no obtuvieras número de orden?

    • Entonces tienes que aportar lo mismo que pone arriba, excepto:
      • Titulación de  Enfermería (Diplomatura o Grado)
      • Certificación Académica Personal. Es decir, las notas que sacaste en la carrera. Salvo que en este período hayas obtenido el título de Doctor o tengas que hacer alguna modificación de lo que entregaste en esa ocasión. 
    • Es decir: si te presentaste el año pasado o el anterior aunque no sacaras la plaza, con el modelo 790 marcando la casilla de la autorización de identificación no tienes que entregar NADA más. También si en 2011/2012 te presentaste y no tuviste plaza pero sí te dieron número de orden, tampoco tendrías que entregar nada más que ese formulario.
    • Si hiciste la residencia empezando en 2011/2012 y por tanto ya has terminado y quieres volver a presentarte, éste también es tu caso. Solo tendrías que entregar el modelo 790 y marcar la X autorizando que comprueben tu identidad.



    ¿Eres extranjero?

    • Si obtuviste el título de Enfermería en una Universidad Española o en otra en la que el idioma oficial sea el castellano, no tienes que acreditar idioma.
    • Si ya has obtenido un título de especialista vía EIR por haber hecho la residencia anteriormente en España, tampoco tienes que acreditar idioma.
      • Si tienes que acreditar idioma necesitas el diploma de español C1 o C2.
    • Para comprobar tu identidad será necesario que aportes fotocopia compulsada del pasaporte, tarjeta de Residencia e incluso puede ser necesario que aportes una declaración Jurada.
    • Título de Enfermería debidamente homologado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad si obtuviste la titulación en el extranjero. Debéis aportar también las calificaciones obtenidas en las distintas asignaturas.



    ¿Eres actualmente residente y quieres cambiar de especialidad?

    • Puedes presentarte al EIR, pero además de los documentos anteriores en tu caso, deberás renunciar a la plaza que tienes actualmente. Sin renuncia previa no estás admitido a hacer el examen. Esto es para que la gente no se presente al EIR a "probar" si apruebo otra vez y cojo la que de verdad quería el año pasado pero no me dio la nota. Así que piénsalo bien: hay que rechazar tu actual plaza de residente para poder "probar"


    Para conocer los lugares (a parte del propio Ministerio de Sanidad) donde se pueden hacer las solicitudes, así como la distribución de las plazas en las diferentes especialidades y provincias hay que esperar a la publicación del BOE, que según indican en la web del Ministerio saldrá mañana, día 17 de Septiembre.

    La página web del Ministerio donde está publicada la información que os detallo en este blog podéis visitarla pulsando: aquí. 

    Recordad que a través de Twitter: @planEIR y la página de Facebook Plan EIR os iré informando también de las novedades.

    Mucha suerte a todos!!! Nuestro esfuerzo ya tiene fecha para ser recompensado!!!


    Comentarios

    1. Hola gracias por la informacion yo queria saber q documento tengo q entregar por estar en paro para no pagar las tasas o donde hay q informarse o pedirlo

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Tienes que solicitarlo en el INEM. El año pasado hubo mucho conflicto con esto y algunos opositores fueron rechazados por falta de pago de tasas. Cuando vayas a entregar los papeles al Ministerio o a los sitios que publiquen en el BOE asegurate con ellos de que es correcto todo y no te falta nada.
        Aún así, luego hay un plazo de reclamaciones para aportar algún documento que falte.

        Eliminar
      2. Buenos dias Ana. Te escribo porque se que sabes de lo que hablas y nos ayudas siempre. Yo estoy en ese caso, entregue la documentación y no abone las tasas por estar exenta debido al documento acreditativo del INEM. Ahora estoy provisionalmente "no admitida" aún habiendome asegurado al entregarlo que "todo correcto". No se que debo hacer o donde dirigirme. Si me pudieras ayudar te lo agradecería. Muchas gracias y un saludo !!!

        Eliminar
      3. Hola Mar; tienes el formulario para solucionar este incidente en la web del Ministerio. Tienes que adjuntar el documento de pago de nuevo antes de 10 días contados desde hoy. Puedes presentarlo en el mismo sitio donde hiciste la solicitud.
        Si te quedas más tranquila, contacta directamente con el Ministerio para que te confirmen que lo han recibido correctamente antes del plazo. Suerte!!

        Eliminar
    2. Muchas gracias por tu informacion nos es de gran ayuda . Queria comentarte que es mejor presentar toda la documentacion a pesar de que se hayan presentado años anteriores a mi personalmente no me ha pasado pero se de gente que si, que por no entregar todo no pudieron hacer la media con expediente porque lo habian "perdido" y no obtubieron el numero de orden con el que hubiesen cogido plaza. Eso es todo. Gracias Ana nos vemos a partir del 9 de abril!!!! Jijiji

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Gracias Alora; siempre hay un plazo de reclamación en caso de que eso suceda. Por mi parte, yo no tuve que entregar de nuevo la certificación académica y no tuve problemas.

        Eliminar
    3. Hola! Es la primera vez q me presento y me gustaría saber dónde se deben presentar las solicitudes del modelo 790 una vez rellenadas. Con respecto a lo que comentas de que todos los documentos son compulsados al entregarlos, me compulsarán el título de Enfermería el mismo día que presente las solicitudes allí mismo?? Gracias!!!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola Pilar; tal y como os pongo en la entrada, mañana saldrá el BOE con los sitios donde entregar la documentación. Te los compulsan allí.

        Eliminar
      2. Hola Ana! ¿Solo se puede entregar la documentación en los lugares indicados en el BOE?

        Eliminar
      3. Hola! Si lees los comentarios verás que se puede entregar en muchos más sitios! Por ejemplo en los ayuntamientos con ventanilla única.

        Eliminar
    4. Gracias por la información Ana
      Tengo una duda: me presente en la convocatoria del 2011-2012 y obtuve plaza (hice la residencia del 2012 al 2014) y ahora me vuelvo a presentar. Tendría que volver a presentar todos los documentos o solo el modelo 790?
      Muchas gracias

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola Sara; tal y como aparece en la info del Ministerio, tu caso es el que explico en esta entrada en el blog: te presentaste en 2011-2012 y tuviste número de orden. Por tanto, solo el modelo 790. Lo redacto de nuevo para que se entienda mejor.

        Eliminar
    5. Hola Ana! Sabes cuanto puntua tener un doctorado?

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. 2. Título de Doctor para todos los aspirantes que hubieran obtenido dicho titulo, con independencia del plan de estudios de doctorado que hubieran cursado (apartado 2 en relación con el apartado 1 e) de dicha disposición transitoria quinta del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero).
        Título de Doctor:
        Por la calificación obtenida en la tesis doctoral (una de las siguientes puntuaciones):
        Apto: 0,25 puntos.
        Notable: 0,50 puntos.
        Sobresaliente: 0,75 puntos. Sobresaliente Cum Laude: 1 puntos.


        Esta es la info del año pasado. Mañana sale el BOE con la de esta convocatoria.

        Eliminar
    6. Cual es la pagina del BOE donde se puede consultar? Y han salido ya las plazas que corresponden a cada sitio?? Gracias¡¡

      ResponderEliminar
    7. Hola Ana, yo tengo la documentación preparada para la exención de tasas tal y como aparece en el BOE. Si hubiera algún problema y se me rechazara, habría posibilidad de reclamación y que me admitieran, ¿no? Gracias.

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Eso es; hay luego un plazo. Si miras el calendario de las pruebas ahí tienes las fechas en caso de que eso suceda, que esperemos que no!!!

        Eliminar
    8. Y en caso de tener la diplomatura y hacer sacado la connvalidacion a grado, que expediente académico deberia aportar?
      El de diplomatura o el de grado.?
      Muchas gracias Ana!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Ahí parece que no existe aún nada concreto y definitivo. Años anteriores algunos han presentado la diplomara y otros el grado en función de lo que más les convenía. A ver si alguien se presentó el año pasado y puede aportar más información al respecto.

        Eliminar
      2. Yo estoy en la misma situación... en la web no dice nada al respecto, a quién podríamos dirigirnos en el ministerio para averiguarlo?

        Eliminar
      3. Yo estoy en la misma situación, y no se dice nada en la web. ¿a quién podríamos dirigirnos en el ministerio? Pues tal vez se podría entregar ambos certificados académicos...

        Eliminar
      4. Por años anteriores, los que tenéis las dos titulaciones han entregado las certificaciones de diplomatura o las de grado, según les ha interesado. Pero prefiero que confirméis este dato con el Ministerio. A ver si mañana cuando se publique el BOE nos dan algo más de información al respecto.

        Eliminar
      5. Ana, cómo puedo ponerme en contacto con el ministerio? Hay alguna dirección d correo? Muchas gracias !!

        Eliminar
      6. Vir, en la página web del Ministerio te viene la forma de contactar con ellos por teléfono o por mail.

        http://www.msssi.gob.es/contactar/home.htm

        Eliminar
      7. Muchas gracias.... Estoy tonta no lo encontraba... Perdona las molestias! Y el dia 4 una plaza s tuya. Ánimo!¡

        Eliminar
      8. He hablado con el Ministerio, al tener número de orden la anterior convocatoria, dicen que guardan la anterior documentación (de la diplomatura) y que con adjuntar ahora el certificado de notas de grado y el título de la adaptación se computa rá todo. Pero aún así habrá que estar pendientes para comprobar que la nota del expediente esté bien calculada. Espero sevir de ayuda!

        Eliminar
      9. es la primera vez que me presento y quería aportar el titulo de graduada pero mi certificado de notas solo tiene algunas asignaturas y de hecho ni nota final, tengo que aportar también el de diplomada? solo el de graduada?
        gracias

        Eliminar
      10. mariana! Está contestado en la entrada del blog! Si tu caso es más especial, pregunta en el Ministerio.
        Suerte!!!

        Eliminar
    9. Hola residentes y futuros residentes! Tengo una duda respecto la documentación, se rumorea que la documentación que se ha de entregar al Ministerio ha de ser en castellano y claro los que somos de Catalunya tenemos todo el "papeleo" en Català (almenos los que somos de la misma Universidad) y hay que traducirlo y posteriomente se ha de compulsar. No sé si será cierto o es una leyenda urbana, ya que es la primera vez que me presento y desconozco. De todos modos me informaré y os lo confirmaré. Muchas gracias de ante mano. PODEMOS!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Gracias Fátima! Informa por aquí si te enteras de cómo entregarlo. A ver si algún residente de por allí puede aportar también información de cómo lo hizo el año pasado.

        Eliminar
      2. Hola de nuevo, chicos! He llamado tanto al Ministerio como la Academia (sede Madrid) y me han dicho que en principio no ponen ningún problema con presentar la documentación en catalán (palabras textuales: "Es entendible, no hay problema"), ya que en mi caso la universidad tanto el Resguardo de haber pagado las taxas (título) y el certificado de notas sólo nos lo han proporcionado en catalán a diferencia de otras universidades de Catalunya que lo proporcionan tanto en catalán como en castellano. También, me han comentado que si en el hipotético caso me lo rechazasen....en el periodo de tiempo que publican las listas provisionales (a partir del 17 de Noviembre) debería entregar dicha documentación traducido en castellano y no perdería la convocatoria por este tipo de "problema". Gracias, Ana!

        Eliminar
      3. Mil gracias por compartir la info! De eso trata este blog! De compartir entre todos.

        Eliminar
    10. Hola!
      He estado buscando el plazo de entrega de solicitudes para el EIR 2015-2016 pero no he encontrado nada.
      ¿Sabrías cuándo se puede entregar la documentación?
      Muchas gracias.

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola! Lo tienes explicado en esta entrada!!! Justo debajo del calendario, el primer párrafo.

        Mañana sale el BOE con la información de los lugares donde hacer la inscripción y en el anexo vendrán las plazas de cada especialidad en cada provincia.

        Eliminar
    11. Si te refieres al EIR 2015/2016, en vez de a esta convocatoria, habrá que esperar a septiembre de 2015.

      ResponderEliminar
    12. Hola!
      ¿Conocéis el plazo para presentar documentación del EIR 2015 2016?
      Muchas gracias!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Alicia, estos datos acaban de publicarse para la convocatoria 2014/2015. Si te refieres a la convocatoria siguiente, la de 2015/2016 tendrás que esperar al año que viene por estas fechas. Suele salir siempre en el mes de septiembre.

        Eliminar
    13. Hola, tengo una duda. ¿Puedo llevar los documentos ya compulsados, o tengo que llevar original y copia para que me lo compulsen alli?

      Muchas gracias :)

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Lo que mejor te venga!!! Siempre que la compulsa esté correctamente sellada.

        Eliminar
    14. Parece que en el BOE pone que si no tienes el título debes de entregar la certificación supletoria provisional. ¿Eso es así o con el abono del pago de las tasas es suficiente? Gracias

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. En estos casos con el resguardo de haber pagado las tasas para solicitar el título es suficiente.

        Eliminar
    15. Hola, tengo una duda acerca de la documentación a entregar ya que en mi caso me presente al eir 2012/2013 y también presente la solicitud para el eir 2013/2014 y fui admitida pero no pude presentarme al exámen el dia 1 de febrero.
      gracias.

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Según me han dicho por teléfono si has presentado la documentación el año pasado y fuiste admitida ya no tienes que entregarla de nuevo. Solamente la solicitud con el pago de las tasas.

        Eliminar
    16. Hola, la documentación hay que entregarla presencialmente en el ministerio de sanidad,¿ o se puede mandar por correo allí? Muchas gracias

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola Marta Maria: mira en el BOE, porque viene especificado cómo tienes que hacerlo en caso de querer enviarlo por correo. También vienen los lugares donde presentarlo y a lo mejor alguno te pilla cerca y te interesa más que ir a la oficina de correos. Un saludo.

        Eliminar
    17. Hola, soy una chica italiana que tengo el titulo en enfermería de la Università di Milano. Estoy interesada en hacer el examen EIR este próximo año. He visto que los extranjero necesitano el nivel C1 de español pero jo no lo tengo. Quanto tiempo tengo para presentar el título?lo puede conseguir antes del examen? Muchas gracias

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola Francesca;
        es mejor que te pongas en contacto con el Ministerio para resolver tu caso particular. Conozco situaciones de compañeras que no tenían el título de español en el momento de hacer la solicitud, pero lo obtuvieron antes de la finalización del plazo de reclamación y fueron admitidas.
        Tendrías que hacer la solicitud ahora y presentar ese título después en el plazo de reclamación, que será aproximadamente en Noviembre, siempre que para esa fecha lo hubieras obtenido.
        Pero insisto, mejor pregunta en el Ministerio. En su página web tienes la forma de contactar.

        http://www.msssi.gob.es/contactar/home.htm

        Eliminar
    18. ME ESTÁN LLEGANDO MUCHAS DUDAS RESPECTO A LA EXENCIÓN DE TASAS POR DESEMPLEO:

      - Tenéis que estar un mes completo previamente a la publicación del BOE para poder optar a esta exención.
      - El año pasado fue uno de los principales motivos por los que fueron excluidos los opositores, ya que no pagaron las tasas y no les correspondía la exención.
      - Por tanto, aseguraros de que cumplís dicho requisito de forma correcta.
      - En caso de no pagar las tasas y no presentar correctamente la documentación para la exención (esta documentación la tenéis que solicitar en el INEM), hay un plazo para subsanar dicha reclamación: bien aportando el certificado o bien pagando la tasa. Pero genera mucha ansiedad (lo sé por opositores del año pasado) salir en los listados como NO admitidos.
      - Para más información podéis preguntar en el INEM o en el propio Ministerio de Sanidad, aunque en el BOE viene reflejado el procedimiento.

      Ánimo!!!

      ResponderEliminar
    19. Las compulsas que tenemos que entregar las tenemos que llevar hechas o las hacen en el mismo sitio donde tenemos que entregar la documentación llevando el original y la copia?
      muchas gracias Ana

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola Esther, ya lo había preguntado otra compañera en esta misma entrada: sí que te los compulsan allí cuando los entregas. Tienes que llevar la fotocopia y el original y te los sellan allí mismo.

        Eliminar
    20. Hola acabo de llamar al ministerio para preguntar por lo el tema de las tasas y la fecha de estar apuntados al paro, en mi caso particular que estoy inscrita desde el día 18 cree que no cumplo los requisitos por un día pero de todos modos me ha dicho que puedo hacer la inscripción sin pagar las tasas y si cuando salgan las listas de admitidos estoy fuera solo tendría que pagar las tasas. (Basicamente lo mismo que comentaba Ana, es decir que no terminan de tenerlo claro ni en el ministerio ni en el INEM porque en el INEM me dijeron que si y el ministerio que no)
      Eso es todo por si le sirve alguien :)

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Gracias Sara!
        El año pasado esto fue un caos porque muchos estuvieron excluidos. Menos mal que luego hay un plazo para reclamar, pero si os aseguráis, mejor!!!

        Eliminar
    21. Buenos días Ana!

      Mi duda es sobre el expediente académico. El año pasado el ministerio me sumó un total de 228 créditos por lo que entiendo que engloba Troncales + Obligatorias + Prácticas + TFG ( al ser el plan de grado ) pero el problema está en que el número de créditos correspondiente a aprobados, notables, sobresalientes y MH, no cuadra con mi expediente académico y así el baremo sobre 4 tampoco corresponde con mi expdiente de la universidad ( aún quitando las optativas) por lo que, ¿ este año vuelvo a presentar el expediente? Y ¿ marco o no marco la casilla de autorización de identificación?

      Muchas gracias

      Y suerte en la OPE ����

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola Elvira: si no estas de acuerdo con el baremo, vuelve a presentarlo. A veces se confunden al sumar, pero otras veces es porque ponemos asignaturas que en realidad no se puntúan.
        Lo de la casilla de comprobar la identidad es independiente del baremo. Sólo es con el fin de autorizarles a comprobar tus datos.
        Este es tu año Elvira! Me pagarás el bocata!!!

        Eliminar
    22. Muchísimas gracias!

      Contigo siempre se puede contar :)

      Espero que el 15 reparta suerte y equidad �� jijiji

      Tu ���� y lo que haga falta. Eres una crack

      ResponderEliminar
    23. Hola, el año pasado hice el curso de adaptación al grado. Al pedir el certificado de notas sólo me aparecen las asignaturas nuevas, no me aparecen las de la diplomatura. ¿tendré que entregar los dos certificados de notas? La verdad es que me sube la media con el grado así que me conviene presentarlo,... En el ministerio sabrán algo más? Es que para un año que estoy preparándome el EIR, no quiero que me excluyan!!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Entrega las dos certificaciones si te interesa que te cuenten el Grado. Suerte!!!

        Eliminar
      2. Hola, tengo la misma situación, pero un par de dudas más, de la misma manera que se entregan las dos certificaciones de las notas, también hay que entregar las dos titulaciones? y por último donde pone titulación al cubrir el impreso también pone año. al poner el grado en año de inicio y fin pongo solo un año que es lo que duró el curso puente no?
        Espero que no me excluyan

        Eliminar
      3. Pon las fechas en las que iniciaste la diplomatura y la que terminaste el graduado. Esos datos son con fines estadísticos y no te van a excluir por ello.
        Entrega las dos titulaciones si vas a presentar los dos certificados de notas.

        Eliminar
    24. Mi duda es acerca de la compulsación de documentos a aportar en la Subdelegación de Gobierno junto con el Modelo 790. ¿Los tenemos que entregar ya compulsados o con llevar los originales nos los compulsan allí?

      Un saludo y gracias ;)

      ResponderEliminar
    25. Hola Ana, rellenando la solicitud en la parte de "declarante-ingreso" hay dos apartados uno que pone "lugar" y otro "fecha", no es un campo obligatorio que rellenar pero.. ¿Qué es lo que hay que poner en el apartado "lugar"?
      Muchas gracias de antemano.
      Un saludo, Saray.

      ResponderEliminar
    26. Respuestas
      1. La firma tiene que ser con BOLI, cuando hayas impreso!!! No lo puedes firmar desde el ordenador!

        Eliminar
    27. Hola Ana. Yo me presenté la anterior convocatoria 2013/2014 y al haber acabado ese mismo año la carrera presenté la tasas de haber pagado el título. Para esta convocatoria debería presentar el título oficial?

      Muchísimas gracias. Un saludo!!!!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. No hace falta!!! El certificado que presentaste el año pasado te vale para este. No es necesario aportar ahora el título.

        Eliminar
    28. Hola!

      Hoy al ir a entregar todos los papeles, surgió una duda. La chica al ver que no pagaba las tasas por estar en desempleo (acreditándolo con la certificación del INEM) me dijo si no entregaba una declaración jurada de no percibir ningún sueldo que supere el salario mínimo interprofesional.

      La chica volvió a consultar el BOE y revisar los papeles donde efectivamente aparecía la misma advertencia que sale al marcar la opción de desempleo al completar el Modelo 790. La adevertencia es la siguiente: "Si usted se acoge a la exención de la tasa por situación de desempleo, con la firma de este modelo de solicitud, declara bajo juramento o promesa, que carece de rentas superiores en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional (645,30 euros). (17)"

      Así que me acabó diciendo que no me preocupase que debían de haberlo cambiado este año y que ya no haría falta hacer la declaración.

      Alguien más está en esta situación? Es cierto que no debo preocuparme pues ya no es necesario entregar la declaración jurada?

      Un saludo y muchas gracias de antemano!!!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Hola Clara: la declaración jurada es el propio modelo 790. En ese modelo si lees la letra pequeña verás que pone que al entregarlo firmado juras o prometes que no tienes esos ingresos.
        Ya estás inscrita!!!

        Eliminar
    29. ¿Podrían publicar este mensaje por favor?

      Os quiero pedir vuestra colaboración por favor. Estoy realizando un estudio junto con mi compañera Iris Franco Tobar sobre las especialidades y el perfil de los profesionales de enfermería que desarrollan su trabajo en el ámbito privado. Nos está costando mucho poder acceder al colectivo enfermero porque es la profesión que se desarrolla en la sombra. Uno de los objetivos es dar visibilidad de este hecho. Por ese motivo estamos utilizano todos los medios que podemos para poder pasar una encuesta muy breve donde se preguntan los datos que necesitamos extarer. Solicitamos vustra colaborción. Muchísimas gracias.
      https://docs.google.com/forms/d/19A9krUDoXh3bf9p5fwQSe9d__IDcXmfpj6JPwN6Az7A/viewform?usp=send_form

      Especialidad de los profesionales de enfermería privada en España.
      docs.google.com
      Conversación de chat finalizada

      Especialidad de los profesionales de enfermería privada en España.
      docs.google.com

      Especialidad de los profesionales de enfermería privada en España.
      docs.google.com

      ResponderEliminar
    30. Hola Ana!! qué pena más grande que ya no estés en la academia donde me he apuntado!!! Me habían hablado TAN BIEN de ti!! (y por tu blog y tu estilo veo que no se equivocaban). Voy a probar suerte este año por primera vez. En contra tengo que soy madre de dos niñas y tengo que ser realista con el tiempo que tengo y mis circunstancias. A favor, que tengo recién terminada la carrera, fresquita y muchísima voluntad y vocación para ser matrona. Quería preguntarte si algo que es escuchado es cierto: si tras haber acabado una residencia hay que esperar 5 años para volver a presentarse al EIR (!!??) Es la primera vez que lo oigo y, de ser cierto, me plantearía el no coger otra especialidad diferente a la que de verdad quiero si es que no me llega la nota para esa. Gracias y un saludo!!!

      ResponderEliminar
      Respuestas
      1. Puedes hacer otra residencia, de momento no aplica esa norma.
        Pero también te digo que la residencia es dura y si no estás convencida de la especialidad en caso de que tuvieras que elegir otra distinta a tu primera opción, es mejor que lo reconsideres.
        Además, este año comienza a penalizar si coges una especialidad y luego no te incorporas o la dejas sin terminar.

        Eliminar
    31. Hola es la primera vez que me presento y tenia una duda respecto a las impugnaciones, estoy con una compañera y queríamos saber si es necesario que enviemos las dos la impugnación o basta con que la presentemos una de nosotras ya que la impugnación a dicha pregunta será para todos.
      Gracias

      ResponderEliminar

    Publicar un comentario

    GRACIAS POR TU COMENTARIO;
    Este blog trata de ser un punto de encuentro entre todos los que preparáis el EIR, así que agradezco la participación.

    Si tenéis alguna duda, intentaré resolverla. Solo pido que comprobéis primero que no se ha hablado y resuelto en comentarios anteriores. Este blog lo realizo de forma voluntaria.

    Tu comentario será moderado, por lo que no se publica inmediatamente.

    Gracias por tener todo esto en cuenta!!!

    Entradas populares de este blog

    ¿Qué nota necesito para aprobar el EIR?

    Cómo elegir plaza de residente de... MATRONA

    OPE SESPA, Asturias Mayo 2019. Respuestas comentadas.